Actividades
Descripción
La Consulta es una convocatoria abierta en la que puede participar cualquier ente físico o jurídico con capacidad para aportar ideas innovadoras destinadas a dar respuesta a una serie de retos o necesidades en el Sistema mediante el empleo de nuevas tecnologías que aporten una mejora significativa respecto a lo que aportan las existentes en el mercado.
En la fase de Consulta Preliminar al Mercado se pretende dar respuestas a las siguientes preguntas de cara a preparar las futuras contrataciones: ¿Qué voy a contratar?, ¿Cómo lo voy a contratar? ¿Quién lo puede proveer?, ¿Cómo se escoge la mejor oferta?, ¿Cuánto costará?, ¿Qué licencias y royalties voy a obtener?
Como resultado del proceso de consulta, la Administración emitirá un Informe final de conclusiones del mismo, en el que se incluirá el Mapa de Demanda Temprana (MDT). Los Mapas de Demanda Temprana son documentos que permiten anticipar al mercado las necesidades de la Administración. Con esa información, las empresas pueden orientar sus iniciativas en I+D+i hacia las líneas de las futuras licitaciones.
Las propuestas recibidas servirán para evaluar las capacidades del mercado y definir las especificaciones funcionales que impliquen innovación y sean factibles de alcanzarse a través de una eventual Compra Pública de Innovación u otro instrumento de contratación pública.
Las Consultas Preliminares del Mercado se regulan en el artículo 115 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. La consulta debe ser transparente y no discriminatoria, es decir, no conceder privilegios a un producto, una tecnología o un proceso sobre el resto. De cara a garantizar la transparencia, al final del proceso se publica un Informe de Conclusiones de la Consulta.
Preguntas Frecuentes de las Consultas al Mercado
1. ¿Qué se busca con la Consulta?
Se busca la presentación de propuestas innovadoras destinadas a dar respuesta a una serie de retos mediante el empleo de tecnologías que superen las prestaciones de las existentes actualmente en el mercado.
Estas propuestas servirán para evaluar las capacidades del mercado y definir las especificaciones funcionales que impliquen innovación y sean factibles de alcanzarse a través de una eventual Compra Pública de Innovación u otro instrumento de contratación pública.
El objeto de este tipo de procedimiento no es la recepción de ofertas, sino la recepción de soluciones que ayuden a resolver las necesidades no cubiertas en el Servicio Andaluz de Salud.
2. ¿La Consulta tiene criterios de selección?
La consulta no tiene criterios de selección. Habrá criterios específicos en las futuras licitaciones.
3. ¿Qué soluciones se buscan, más o menos alejadas de mercado?
En principio no se están buscando que estén más alejadas del mercado o más cercanas. Se está buscando que sean innovadoras y fundamentalmente que resuelvan el problema o mejore el servicio público.
4. Los participantes que no tengan sede social en España, ¿Cómo participan? ¿tendrían problemas a la hora de optar a la futura licitación CPI?
La convocatoria de consulta es abierta a toda persona física o jurídica. Para la futura licitación, tendrán capacidad para contratar con el sector público aquellas indicadas en la ley de contratos del sector público (CAPÍTULO II: Capacidad y solvencia del empresario), además de las españolas, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. Sin perjuicio de la aplicación de las obligaciones de España derivadas de acuerdos internacionales, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presente. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. Adicionalmente, el pliego de cláusulas administrativas particulares podrá exigir a las empresas no comunitarias que resulten adjudicatarias de contratos de obras que abran una sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
5. Las empresas que se presenten a la consulta preliminar, ¿podrían en último término sub-contratar a alguna OPI para algún punto del desarrollo del prototipo? ¿O este tipo de subcontrataciones no se contemplan?
Efectivamente, se podrá subcontratar. Sin embargo, si se quiere contratar una actividad con un centro de investigación dependiente del Servicio Andaluz de Salud puede que se genere una situación de conflicto de interés. Para ello se ha generado un reglamento interno que regula y estudia dichas situaciones y así evitar conflictos de interés.
6. ¿Se publicará información sobre los asistentes a los talleres y proponentes a la Consulta?
Se publicará en la página del SAS a modo informativo.
1. ¿Cómo se puede obtener el formulario de solicitud, anuncios y demás documentación oficial?
Se ha publicado en la página de la Junta de Andalucía:
Contratación pública > Perfiles y Licitaciones > Consultas preliminares del SAS a modo informativo.
2. ¿Es posible presentar varias propuestas?
Es posible, tanto presentar una solución que resuelva las necesidades de más de una necesidad, como presentar varias propuestas para cada una de las necesidades que aplica.
3. ¿Es posible presentar una propuesta en colaboración con otra entidad?
Es posible tanto, presentar una propuesta de forma individual (afrontar el proyecto de forma independiente) como de manera conjunta (afrontar el proyecto de manera integral en formato red de colaboración u otra que se considere).
4. ¿Vincula la entrega de una propuesta para un futuro proceso de contratación?
Los posibles procedimientos de contratación futuros estarán abiertos a todas las propuestas posibles que cumplan las condiciones establecidas, hayan o no estado ligadas a la consulta preliminar al mercado. La entrega de propuestas en la Consulta Preliminar al Mercado no comportará la generación de incentivos o ventajas para las empresas participantes a la hora de adjudicar futuros contratos, ni se reconocerá como criterio de adjudicación o como valor ponderable favorable.
5. ¿Cómo se contempla la confidencialidad de la documentación presentada?
Los participantes incluirán en la información que faciliten su consentimiento expreso para que el SAS pueda difundir su participación y las cuestiones y/o soluciones planteadas en el procedimiento de consulta.
No obstante, el SAS no podrá divulgar la información técnica o comercial que, en su caso, haya sido facilitada por los participantes y estos hubieran designado y razonado como confidencial.
Serán los participantes quienes deben identificar la documentación o la información técnica o comercial que consideran que tiene carácter confidencial. Los participantes podrán designar como confidenciales alguno/s de los documentos aportados como anexos. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (de cualquier forma, o al margen) en el propio documento designado como tal.
En ningún caso podrá ser confidencial el formulario de solicitud.
6. ¿La información de los formularios de solicitud en respuesta a la consulta del mercado (no la de los documentos adicionales clasificados como confidenciales), será siempre publicada a todos los licitantes?
Puede ser publicada, lo normal es que se publique únicamente el resumen.
7. ¿Se puede entregar un formulario de solicitud totalmente confidencial, es decir, que pueda ser considerada por el SAS para construir los pliegos de la licitación, pero que no se publique al resto de licitadores?
No, el formulario de solicitud no puede ser confidencial (los anexos o documentos complementarios sí).
8. ¿Cuál es el sector o ámbito de actividad CNAE?
El CNAE hace referencia a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas. La entidad responsable de la propuesta debe indicar, si le aplica, el CNAE al que pertenece. Tal y como se explico en el taller del 18/10/18 esta declaración se realiza a título meramente informativo
9. Qué significa: ¿Contribución económica del licitador a la iniciativa (€, entendiendo por tal la suma de todas las contribuciones en medios y recursos del licitador?
Este apartado es más específico del tipo de Compra Precomercial. Se refiere a los medios que el proponente estaría contribuyendo al proyecto (p.e. licencias, propiedad intelectual).
10. Qué significa ¿Compartir los derechos de propiedad intelectual con el organismo contratante o para establecer royalties sobre las ventas?
Existen derechos de propiedad preexistentes que son de las entidades, puede haber propiedades preexistentes del comprador público y por último, las que se generen en el marco de la colaboración. La entidad deberá plantear en la propuesta su modelo de gestión de la propiedad intelectual (el preexistente que tiene la entidad y el que se generará en el marco de la colaboración) que considere oportuno.
En la futura licitación se regulará dicha propiedad intelectual.
Sobre la regulación de la gestión y transferencia de los resultados de las actividades de investigación de Agencias y entidades dependientes de la Consejería, se recomienda revisar el Decreto 16/2012, de 7 de febrero, por el que se regula la gestión y transferencia de los resultados de las actividades de investigación, desarrollo e innovación cuya titularidad corresponda a las agencias y a las demás entidades instrumentales dependientes de la Consejería competente en materia de salud.
11. ¿Cuál es el formato para presentar las solicitudes y documentación anexa?
El formato de presentación será en Word o pdf.
12. ¿Se podrán presentar ofertas con soluciones parciales que solo den solución a parte de los requisitos enunciados?
Sí. Pueden presentar propuestas con soluciones parciales.
13. ¿Los grupos de investigación pueden participar en las propuestas?
Efectivamente, podrán participar en la Consulta cualquier persona física o jurídica. Sin embargo, un centro de investigación que es dependiente del Servicio Andaluz de Salud puede generar una situación de conflicto de interés para una futura licitación. Para ello se ha generado un reglamento interno que regula dichas situaciones y así evitar conflictos de interés.
14. Una vez enviada la solicitud, ¿Cuáles son los procedimientos?
Tras la consulta preliminar, se dará publicidad a los resultados de la misma, respetando el principio de confidencialidad.
Si se estima procedente se podrá comenzar con la redacción y la tramitación de la/s licitación/es a partir de las ideas de soluciones recogidas como resultado de la consulta.
En todo caso, estos procedimientos estarán abiertos a todas las propuestas posibles que cumplan las condiciones establecidas, hayan o no estado ligadas a la consulta preliminar al mercado.
15. ¿Es posible contestar al formulario en inglés?
Sí, los idiomas que se aceptan en el proceso son español e inglés, por lo que la documentación, incluido el formulario de solicitud, puede ser presentada en inglés.
16. ¿Cómo se deben mandar las propuestas? ¿Se pueden utilizar plataformas para enviar archivos de gran tamaño?
Las propuestas deben enviarse al mail compra.innovacion.sc.sspa@juntadeandalucia.es.
En caso de que el volumen de los archivos sea superior a 10MB, se podrá hacer uso de plataformas (tipo WeTransfer, Dropbox o similar) para enviar documentación complementaria, si bien, siempre deberá mandarse al mail referido anteriormente el Anexo del Formulario y un listado descriptivo de los archivos que se envían por otra vía, así como el link de acceso al mismo.
17. En el apartado de “Derechos de Explotación de la Propiedad Intelectual e Industrial”, ¿a qué se refiere que no se pueda mencionar una fabricación o una procedencia determinada o un procedimiento concreto, ni hacer referencia a una marca, a una patente o a un tipo, a un origen o a una producción determinados?
El contenido de las propuestas debe describirse desde una perspectiva funcional. Aunque puedan incluirse prescripciones técnicas concretas, no deben mencionarse ni marcas ni sobre todo productos concretos ya que, la consulta preliminar al mercado, tiene como objetivo preparar las licitaciones posteriores, pero no puede dar como resultado el beneficiar a ningún participante en la propia consulta, lo que ocurriría si en el pliego se utilizan marcas o nombres de productos concretos.
18. En el apartado “Beneficios aportados por la solución propuesta para otros agentes (máx. 850 caracteres)”, ¿qué se entiende por “otros agentes”?
Se refiere a otras entidades (en sentido general) que pudieran verse beneficiados (directa o indirectamente) por la propuesta que realizan. |LS|A modo de ejemplo, no limitativo|RS|: Pueden ser para el cliente, pacientes, pero también colaboraciones que se den con otras empresas, centros de investigación/universidades, asociaciones, etc. Es poner en valor los beneficios (directos e indirectos) que puede dar la solución/proyecto que proponen.
19. En los apartados: “¿Qué características del proyecto y el alcance propuesto considera que son más importantes?” y “El alcance del proyecto planteado ¿es claro y factible?”, ¿se refieren al proyecto que se presenta cada entidad o a la convocatoria de la consulta preliminar en su conjunto?
Es fundamental conocer las características y alcance de la propuesta que presentan, y que puede abordar la totalidad o parte de la necesidad. Adicionalmente, también es de interés si tienen contribuciones sobre la consulta o el proyecto en su globalidad.
1. ¿Cuál es el plazo límite para enviar propuestas?
El plazo límite de presentación de propuestas es el 2 de noviembre a las 23:59 p.m.
Para el reto Asurant se establece un nuevo plazo para enviar propuestas del 29 de noviembre 2018 a 17 diciembre 2018.
2. ¿La “Fecha Fin” 03/01/2019 que se indica en el perfil del contratante a qué hace referencia?
Hace referencia a la fecha orientativa de fin del proceso de Consulta, no del plazo de presentación de propuestas.
3. ¿Por qué se amplió la fecha de finalización de consulta al 31/05/2019?
La fecha de finalización de la consulta se amplió debido a la amplia participación en la misma, lo cual ha requerido de un mayor tiempo para el correcto análisis, entendimiento y concreción de las soluciones propuestas.
4. ¿Se avisará a los participantes sobre nueva información relativa a los avances de las consultas preliminares?
Se avisará por los canales adecuados.
5. Con respecto a las entrevistas con proponentes para recabar mayor información, ¿serán antes o después del cierre del plazo de solicitudes?
Las entrevistas se llevarán a cabo una vez finalizado el plazo de recepción de propuestas.
6. ¿Se llamará a entrevista a todos los proponentes?
No, sólo se citará a aquellas entidades con propuestas atractivas y que sea necesario recabar más información en detalle.
7. ¿Cuáles son los tiempos de licitación?
Aproximadamente segundo trimestre de 2019.
8. ¿Cuáles van a ser los presupuestos para licitación?
2,9 millones de € para ASURANT
9. ¿Qué plazos de ejecución se manejan?
Se cuenta con un margen temporal de ejecución aproximadamente de 30 meses.
10. ¿Vincula la entrega de una propuesta para un futuro proceso de contratación?
Las propuestas determinarán las líneas de las futuras licitaciones. Sin embargo, los proponentes no tendrán ningún tipo de ventaja en el proceso de contratación final por su participación en la consulta.
11. ¿Todos los elementos del proyecto se presentarán en una única licitación o se publicarán licitaciones de forma secuencial?
Tras la consulta preliminar, durante la redacción de la/s licitación/es y según las ideas de soluciones recogidas como resultado de la consulta, se podrá decidir si es necesaria una sola licitación o varias.
1. ¿Es muestra clínica directa, cualquier muestra o una en concreto?
La tecnología se puede utilizar en las muestras clínicas más habituales no en cultivos de las muestras. Principalmente muestras de orina y muestras respiratorias.
2. ¿En el rango de 2 horas, se dejaría aparte la microdilución?
De momento se considera que no se es capaz de incluirla en ese rango, pero si una entidad plantea un proyecto que, por su componente innovador, lo puede incluir, sería interesante conocerlo en la Consulta.
3. En cuanto a necesidad de sensibilidades de la técnica, ¿qué valores serían aceptables?
Valores que generen una gran ventaja con los tiempos actuales. En definitiva, 2 horas sería un valor muy aceptable.